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En 2018 se mantiene la bajada del 5% en los impuestos municipales mediante su domiciliación, la exención del pago del IBI a las familias con todos sus miembros desempleados, que los vecinos que lo deseen paguen éste en dos plazos, o en más los que estén atravesando una difícil situación económica, la bonificación para las familias numerosas hasta el 90% y el fomento de empleo mediante la bonificación en el ICIO a las empresas que contraten al menos a 10 torrejoneros desempleados.
Durante este mes de enero se puede solicitar la exención del pago del IBI para las familias que tienen a todos sus miembros desempleados y la bonificación del mismo para las familias numerosas.
Y hasta el 16 de julio pueden solicitar el fraccionamiento mensual del pago del IBI los vecinos que están en situación de desempleo.
El alcalde mantiene la bajada del 5% en los principales impuestos para el año 2018 (IBI, IVTM y Vados) mediante su domiciliación bancaria. De esta manera los vecinos que tienen domiciliados sus impuestos y tasas o que lo hagan por primera vez disfrutarán de una bonificación del 5% en éstos en 2018. Manteniendo a Torrejón de Ardoz, junto a Alcorcón y Alcobendas, como las ciudades con el IBI más bajo de la Comunidad de Madrid.
En el caso de los vecinos que no tengan domiciliados los impuestos, para solicitar esta bajada del 5% se deben domiciliar de forma presencial en el Ayuntamiento de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas y los jueves de 16:30 a 19:30 horas. También se puede hacer por email en el correo: domiciliaciones@ayto-torrejon.es o a través de la sede electrónica mediante certificado digital en el portal https://sede.ayto-torrejon.es. Tan sólo hay que remitir el modelo debidamente cumplimentado y firmado. Los plazos para domiciliar y beneficiarse de la reducción del 5% en el año 2018 son: IBI hasta el 30 de marzo, IVTM hasta el 31 de agosto y Vados hasta el 31 de octubre.
Hasta el 31 enero se pueden solicitar la exención para las familias que tienen a todos sus miembros desempleados y la bonificación para las familias numerosas. Y hasta el 16 de julio pueden solicitar el fraccionamiento los vecinos que están en situación de desempleo.
Asimismo para facilitar su abono los vecinos que lo deseen pueden solicitar pagar el IBI en 2018 en dos pagos (cargo en cuenta el 15 de marzo y el 16 de julio) manteniendo su bonificación del 5% si está domiciliado y sin intereses de demora. El plazo para solicitarlo concluye el 28 de febrero.
El Gobierno local seguirá apoyando a las familias más necesitadas y de este modo las familias con todos sus miembros desempleados, durante al menos 10 meses en el año 2017 quedan exentas de pagar el IBI (siendo la única ciudad de España que lleva a cabo esta medida), que las familias numerosas tengan una bonificación mínima del 10% y de hasta el 90%, que los vecinos que están en situación de desempleo pueden fraccionar el pago de los impuestos en varios plazos y sin ningún tipo de interés, y también se sigue eximiendo de pagar el impuesto de plusvalía municipal a los afectados por desahucios, medida de la que Torrejón de nuevo ha sido pionero en la Comunidad de Madrid.
También se aplicará una bonificación de hasta el 95% en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para las empresas que creen al menos 10 puestos de trabajo estables para torrejoneros desempleados, una importante medida para favorecer la generación de empleo.
Además el ayuntamiento mantiene la iniciativa del alcalde, pionera en España, de la tasa a los bancos para cobrarles por sus viviendas vacías debido a los problemas de convivencia que generan, al ser ocupadas muchas por mafias que trafican con ellas y para promover que faciliten a las familias y personas necesitadas el acceso a las mismas mediante alquileres sociales. Y una segunda tasa se aplicará a las entidades aseguradoras por el mantenimiento del servicio de bomberos, ya que estas entidades ya cargan el importe del mismo a los ciudadanos y empresas a través del denominado “Arbitrio de bomberos”
Para mejorar el medio ambiente y la calidad del aire se aplicará nuevamente una bonificación del 75% en el IVTM (numerito) para los vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas), vehículos híbridos o vehículos eléctricos de rango extendido, así